Nota editorial
Asegurar el futuro: desafíos del seguro en un mundo sin fronteras
https://www.expansion.com/juridico/opinion/2025/07/11/6870bd80e5fdeaa0028b456f.html
Este año cerca de cien millones de turistas visitarán España. Tal movimiento de población, incluso si es temporal, determina una serie de necesidades, incluidas aquellas que surgen de modo inesperado, cuya provisión debe planificarse. Tanto para dimensionar adecuadamente los servicios que tendrán que atender esas incidencias, como para resolver a priori el coste que esa asistencia (sanitaria, del automóvil, jurídica…) comportará, sería muy recomendable, también para el país de acogida, que esos turistas viajaran provistos de un seguro. No sería novedoso imponer un seguro al desarrollar una actividad, tenemos centenares de ejemplos. Tampoco lo sería incorporar la prima de un seguro al coste de un servicio de transporte; así sucede ya en la actualidad cuando compramos el billete de un autobús, por ejemplo. O más sofisticado aún, cuando se impone un recargo sobre ciertos seguros para, simultánea, automática e inconscientemente, adquirir un segundo seguro en la sombra que protege contra ciertos riesgos extraordinarios de la mano del Consorcio de Compensación de Seguros. Cuando el número de turistas más que duplica el de la población residente, una medida como la propuesta puede contribuir a ordenar la prestación de ciertos servicios, evitando así tensiones en su oferta y permitiendo la correcta asignación de su coste.
Otro reflejo de la globalización es que cerca del 20% de la población residente nació fuera de España. Esto plantea interesantes cuestiones técnicas para el seguro en la medida en que ciertos colectivos procedentes de un país o región pueden presentar patrones de conducta distintos, con incidencia en la probabilidad de ocurrencia de un riesgo asegurado. La alimentación, el ejercicio físico, el consumo de tabaco/alcohol, la forma de conducción, la participación del hombre o la mujer en ciertas actividades…pueden influir en la tarificación del seguro (vida, decesos, asistencia sanitaria, del automóvil, accidentes…) ya sea porque el riesgo que se traslada a la aseguradora es mayor o menor, según los casos. Si las estadísticas que manejan las aseguradoras para calcular los precios del seguro se basan en datos que no incorporan esta multiculturalidad, entonces el resultado estará desajustado respecto al riesgo real que se transfiere. Para resolver esta incongruencia podría preguntarse al tomador del seguro por su país de origen y, conforme a su respuesta, calibrar el precio según la singularidad del colectivo al que pertenece. Ya les adelanto que esta solución, que desde un punto de vista técnico podría ser defendible, está prohibida por entender el legislador que el principio de no discriminación merece una consideración superior, admitiéndose como excepción aquellos casos en los que las diferencias se fundamenten en hechos objetivos. Para detectar y medir estas circunstancias relevantes, y como alternativa a lo anterior, las aseguradoras pueden apoyarse en la tecnología aplicada a la recogida y análisis de datos para de ese modo poder perfilar adecuadamente el riesgo del asegurado. Si la prima debe determinarse por anticipado, sin que quepa corregirla durante el período asegurado, esta solución tendría virtualidad si los individuos pudieran hacer uso de los datos de su propia experiencia, presentándolos a las aseguradoras como una carta de recomendación para el seguro que se solicita. Lo veremos.
En esta realidad en continuo movimiento, también las aseguradoras se desplazan en busca de nuevos mercados. Dentro de la UE esta estrategia está particularmente favorecida mediante el reconocimiento recíproco de la autorización de origen. Este mecanismo, conocido como “pasaporte comunitario”, se fundamente en la libre circulación de servicios, manifestación del mercado único, y en la asunción de que los supervisores de la UE son homologables. En la medida en que esto último no siempre es así, se observan casos de “arbitraje de foro”, es decir, la selección, por parte de ciertos operadores, de determinados países como puerta de entrada a la UE en la constatación de que sus autoridades de control son más laxas en la interpretación de las normas (armonizadas), o incapaces para exigir su riguroso cumplimiento. No es casualidad que el perfil de esos operadores sea parecido, ni que los países “de conveniencia” sean habitualmente los mismos. Ante el riesgo de que esas rutas estratégicas de los negocios terminen ocasionando problemas locales, las autoridades de acogida, muchas veces a su pesar, pueden exigir el cumplimiento adicional de requisitos regulatorios, llamados “normas de interés general”. Esta enmienda parcial al mercado único es el dique de contención frente a propuestas aseguradoras poco sólidas o transparentes, que difícilmente habrían obtenido la autorización en el mercado donde, paradójicamente, se comercializan. Los movimientos de aseguradoras fuera de la UE, o a la inversa, están mucho más restringidos; cada país solo reconoce aquellas que han sido autorizadas en el lugar de destino, o por uno de los países de la UE, lo que nos devuelve a la reflexión anterior. En este escenario fluido de personas y negocios, en el que las fronteras tienden a desaparecer, el seguro se erige como un instrumento esencial no solo para proteger a los individuos, sino también para salvaguardar la sostenibilidad de los servicios en los países de destino. La tecnología aplicada al análisis de datos permitirá a las aseguradoras adaptarse a una realidad cada vez más diversa y cambiante. Pero esta evolución debe ir acompañada de una supervisión rigurosa y coordinada, que preserve la integridad del mercado único y evite prácticas oportunistas. Solo así el seguro podrá cumplir su doble función: ser motor de inclusión y estabilidad en un entorno globalizado.

Pablo Muelas
Socio Responsable de Seguros
Gómez-Acebo & Pombo